La Consejería de Educación determina cada año los criterios para la baremación de las solicitudes. Además de los criterios prioritarios, como hermanos en el Centro, proximidad domicilio o lugar de trabajo de los padres o tutores, o la renta de la unidad familiar, se contempla situaciones como padres que trabajen en el Centro, familia numerosa (computan hijos concebidos aún no nacidos), hijos nacidos en parto múltiple, familias monoparentales o en acogimiento familiar, discapacidad, parentesco con antiguo alumno, víctimas del terrorismo o de la violencia de género. Criterios 25/26
Los tres puntos de libre disposición se concederán por cumplir cualquiera de las siguientes condiciones:
– Antiguos alumnos, sus hijos o sus hermanos.
– Alumnos o hermanos de alumnos matriculados en las etapas privadas del Colegio (1er ciclo Infantil y Bachillerato).
El Colegio podrá solicitar documentación adicional para acreditar el parentesco de los alumnos candidatos.
Tras la baremación, se establecerá el orden de admisión en cada centro y una vez cubiertas las plazas, el resto de solicitudes se enviarán al SAE que, teniendo en cuenta la puntuación, escolarizará al alumno en función del orden de preferencia establecido en la solicitud.
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