Las categorías profesionales de los empleados del Colegio Internacional Kolbe corresponden a las definidas en el VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (enlace al BOE), en su artículo 10:
“Los trabajadores afectados por el presente Convenio, en atención a las funciones que desarrollen y de acuerdo con las definiciones que se especifican en el anexo III, serán clasificados en grupos profesionales.
Esta estructura profesional pretende obtener una más razonable estructura productiva, todo ello sin merma de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución que corresponda a cada trabajador. Los actuales puestos de trabajo y tareas se ajustarán a los grupos establecidos en el presente Convenio.
El personal afectado por este Convenio, de conformidad con el trabajo desarrollado en la empresa, se clasificará en 4 grupos profesionales:
– Grupo 1: Personal docente.
– Grupo 2: Personal de Administración.
– Grupo 3: Personal de Servicios.
– Grupo 4: Personal Complementario Titulado.
Grupo 1: Categorías del grupo profesional de Personal docente.
El personal docente se encuadra en las siguientes subgrupos y categorías.
1.1 Subgrupo educación infantil 1.er Ciclo Educación Infantil (integrado):
a) Profesor/Maestro.
b) Educador infantil/Técnico.
1.2 Subgrupo educación infantil 2.º ciclo (integrado) y Educación Primaria:
a) Profesor/Maestro.
b) Orientador Educativo.
1.3 Subgrupo de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos formativos de grado básico o su equivalente según la normativa aplicable.
a) Profesor.
b) Orientador Educativo.
c) Profesor Adjunto, Agregado o Auxiliar. (…)
1.5 Subgrupo de Educación Especial (integrado).
a) Profesor. (…)
1.7 Subgrupo otro personal.
a) Profesor de actividades educativas extracurriculares.
b) Instructor o monitor.
c) Educador.
1.8. Categorías funcionales-directivas-temporales.
a) Director.
b) Subdirector.
c) Jefe de Estudios.
d) Jefe de Departamento.
Las categorías funcionales-directivas-temporales del personal docente, anteriormente mencionadas, así como su jornada y complementos salariales específicos, se mantendrán en tanto dure dicha función.
Grupo 2: Personal de Administración.
2.1 Subgrupo personal administrativo.
a) Jefe de Administración o Secretaría.
b) Jefe de Negociado.
c) Oficial. Contable.
d) Recepcionista. Telefonista.
e) Auxiliar.
2.2 Subgrupo Personal auxiliar.
a) Cuidador.
Grupo 3. Personal de servicios generales.
3.1 Subgrupo personal de portería y vigilancia.
a) Conserje.
b) Portero.
c) Guarda. Vigilante.
3.2 Subgrupo de personal de limpieza.
a) Gobernante.
b) Empleado del servicio de limpieza, de costura, lavado y plancha.
3.3 Subgrupo personal de cocina y comedor.
a) Jefe de cocina.
b) Cocinero.
c) Ayudante de cocina.
d) Empleado de servicio de comedor.
3.4 Subgrupo Personal de mantenimiento y oficios generales.
a) Oficial de 1.ª de oficios.
b) Oficial de 2.ª de oficios.
c) Empleado de mantenimiento, jardinería y oficios varios.
d) Conductores.
Grupo 4: Personal Complementario Titulado.
a) Titulados Superiores
b) Titulados Medios”